Hasta hace algunos años, constituir una empresa como persona moral en México implicaba contar con al menos un socio y aportar un capital mínimo a dicha sociedad. Esto hacía casi imposible que un emprendedor pudiera formalizar su negocio bajo esta figura, especialmente si apenas estaba comenzando.
Para atender esta necesidad, en 2016 se creó un nuevo tipo de Sociedad Mercantil: la constitución de Sociedad por Acciones Simplificada (S.A.S.). Este modelo surgió con el propósito de facilitar la creación de empresas y tiene como principales objetivos:
- Reducir la informalidad empresarial.
- Simplificar el proceso de constitución de micro y pequeñas empresas.
- Impulsar su crecimiento para que, en el futuro, puedan migrar a estructuras legales más sofisticadas de operación y administración.
- Permitir la constitución de una sociedad con uno o más accionistas, exclusivamente personas físicas.
- Establecer un proceso administrativo ágil y con plena validez legal.
- Ofrecer a los emprendedores un trámite gratuito, eliminando los gastos notariales que suelen ser una barrera para quienes inician sin suficientes recursos.
De esta manera, la S.A.S. representa una puerta de entrada accesible y formal al mundo empresarial para los emprendedores mexicanos. Te invitamos a conocer más información.
¿Qué es la Sociedad por Acciones Simplificadas en México?
La Sociedad por Acciones Simplificada (S.A.S.) es un tipo de sociedad mercantil creada en México para facilitar la constitución de empresas. Puede estar integrada por una o más personas físicas y permite crear una empresa como persona moral de manera gratuita y 100% en línea a través del portal de la Secretaría de Economía.
Para su constitución, únicamente se requiere la e.firma y la autorización de uso de denominación o razón social.
Características principales de las S.A.S. en México
- Responsabilidad limitada: los socios o accionistas solamente responden hasta por el monto de sus aportaciones.
- Sin obligación de fondo de reserva: no es necesario apartar utilidades para este fin.
- Tope de ingresos: deben clasificarse como micro o pequeña empresa. Sus ingresos anuales no pueden superar los 5 millones 671 mil 800 pesos mexicanos.
- Modificaciones con fedatario: los cambios a los estatutos sociales requieren realizarse ante notario o corredor público, lo que implica un costo.
- Constitución sin escritura pública: no necesitan escritura pública ni otros trámites formales para su creación.
- Flexibilidad de transformación: pueden convertirse en otro tipo de sociedad en cualquier momento.
- Resolución de conflictos: las diferencias entre accionistas deben resolverse inicialmente mediante mecanismos alternativos como la mediación o la conciliación.
- Distribución de utilidades: salvo acuerdo diferente, las utilidades se reparten en proporción a las acciones de cada socio.
- Transparencia: deben cumplir con obligaciones de publicación de información en el Sistema Electrónico de Publicaciones de Sociedades Mercantiles (PSM).
Ventajas de la constitución de Sociedad por Acciones Simplificadas
Estas son algunas de las ventajas de constituir tu empresa bajo Sociedad por Acciones Simplificadas en México:
Constitución con un único socio
A diferencia de la mayoría de las sociedades mercantiles, la S.A.S. puede crearse con un solo fundador. Esto elimina una de las principales barreras para los emprendedores: la necesidad de contar con al menos un socio para formalizar su negocio.
Diseñada para micro y pequeñas empresas
Este régimen está pensado para negocios que facturen hasta 5 millones 671 mil 800 pesos anuales, (monto que se actualiza anualmente y se publica en el Diario Oficial de la Federación en diciembre). La responsabilidad de los socios se limita al monto de sus aportaciones, representadas en acciones.
Trámite rápido, gratuito y en línea
La constitución de Sociedad por Acciones Simplificadas puede realizarse en cualquier momento y desde cualquier dispositivo a través del portal de la Secretaría de Economía. No requiere acudir a oficinas ni pagar gastos notariales.
Sin capital mínimo ni fondo de reserva
A diferencia de otras sociedades, no se exige un monto mínimo de capital ni la creación de un fondo de reserva para su operación.
Protección del patrimonio personal
Separa el patrimonio individual del emprendedor de aquel aportado a la empresa, lo que brinda seguridad ante riesgos comerciales.
Restricciones de las S.A.S.
Las S.A.S. son una opción flexible y accesible para emprendedores que inician con recursos limitados contando con las siguientes restricciones para micro y pequeñas empresas.
- Solo pueden constituirse por personas físicas (no personas morales).
- Todos los accionistas deben contar con e.firma vigente.
- Sus ingresos anuales no pueden superar los 5 millones 671 mil 800 pesos.
- Los accionistas no pueden participar en otras sociedades mercantiles en las que tengan el control o la administración.
¿Qué considerar al constituir una S.A.S. en México?
Aunque se dice que la Sociedad por Acciones Simplificadas se puede crear en un día, esto no es del todo cierto, ya que se debe esperar a obtener la autorización de uso de denominación por parte de la Secretaría de Economía. Este proceso tarda entre dos y cuatro días hábiles aproximadamente.
Además se debe tomar en cuenta que si se supera el monto de ingresos máximo de la S.A.S, se tendrá que transformar a otro régimen societario. En caso de no llevar a cabo dicha transformación, el o los accionistas responderán frente a terceros, subsidiaria, solidaria e ilimitadamente, sin perjuicio de cualquier otra responsabilidad en que hubiesen incurrido.
Requisitos para constituir una Sociedad por Acciones Simplificada (S.A.S.)
Para crear una S.A.S. en México se deben cumplir los siguientes requisitos:
- Ten tu e.firma vigente. Todos los accionistas deben contar con su firma electrónica avanzada emitida por el SAT.
- Autorización de denominación social. Se debe solicitar en línea a través del portal de la Secretaría de Economía. Este trámite tarda entre 2 y 4 días hábiles y constituye el primer paso del proceso.
- Aceptación de estatutos sociales. El o los accionistas deben manifestar su consentimiento de forma electrónica, bajo los estatutos sociales preestablecidos por la Secretaría de Economía, para formalizar la constitución.
- Contrato social electrónico. Una vez aceptados los estatutos, el sistema genera un contrato social firmado electrónicamente por todos los accionistas. Este documento se entrega de manera digital.
- Inscripción en el Registro Público de Comercio (RPC). La Secretaría de Economía envía directamente el contrato social al RPC y, posteriormente, el sistema genera de forma digital el documento de inscripción de la sociedad.
- Restricción de participación en otras sociedades. Los accionistas de una S.A.S. no pueden ser simultáneamente accionistas con poder de decisión en otro tipo de sociedad mercantil (por ejemplo, tener mayoría accionaria o desempeñar un cargo de administrador).
¿Qué debe contener el estatuto de una Sociedad por Acciones Simplificada (S.A.S.)?
Al constituir una S.A.S., los estatutos sociales son el documento base que define la operación de la sociedad y los derechos y obligaciones de los accionistas. De acuerdo con la Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM) y los lineamientos de la Secretaría de Economía, deben incluir al menos la siguiente información:
- Denominación o razón social de la sociedad.
- Nombre completo de los accionistas o socios fundadores.
- Domicilio fiscal de cada accionista.
- Registro Federal de Contribuyentes (RFC) de cada accionista.
- Correo electrónico de cada accionista (medio oficial de comunicación).
- Domicilio fiscal de la sociedad.
- Duración de la sociedad (determinada o indefinida).
- Objeto social: la(s) actividad(es) a las que se dedicará la empresa.
- Capital social:
- Forma y términos en que los socios se obligan a suscribir y pagar sus acciones.
- Número, valor nominal y naturaleza de las acciones en que se divide el capital.
- Derechos y votos de los accionistas: número de votos que corresponde a cada socio en virtud de sus acciones.
- Estructura de administración: designación de quién o quiénes administrarán la sociedad, así como la forma en que se tomarán decisiones.
¿Cómo se administra una Sociedad por Acciones Simplificadas (S.A.S.)?
La administración de una S.A.S. es sencilla y flexible, pero está sujeta a reglas específicas:
- Administrador único
- La sociedad debe ser administrada por uno de los accionistas, quien también actúa como representante legal.
- En caso de ser una sociedad unipersonal, el accionista único será quien ocupe este cargo.
- Limitación en el modelo de administración
- La S.A.S. no permite la creación de consejos de administración u órganos colegiados.
- Si los socios desean adoptar otra forma de gobierno corporativo más compleja, será necesario transformar la S.A.S. en otro tipo de sociedad mercantil (ejemplo: S.A. de C.V.) mediante trámite ante notario público.
- Obligaciones del administrador
- El administrador tiene la responsabilidad de publicar en el sistema electrónico de la Secretaría de Economía (PSM) el informe anual de la situación financiera de la sociedad.
- Este informe demuestra que la empresa no ha rebasado el tope de ingresos anuales permitido para seguir operando bajo el régimen S.A.S.
- Sanción por incumplimiento
- Si la sociedad omite presentar el informe durante dos ejercicios consecutivos, la Secretaría de Economía podrá disolver la empresa de manera automática y emitir la correspondiente declaratoria de incumplimiento.

Constituir una S.A.S. te permite dejar la informalidad, dar mayor confianza a tus clientes y acceder a más oportunidades de crecimiento como empresa formalmente establecida.
En WORTEV podemos asesorarte para elegir el tipo de sociedad que mejor se adapte a tu negocio y guiarte en el proceso de constitución. Nuestro propósito es ayudarte a cumplir con la legislación vigente en México y acompañar tu crecimiento empresarial. ¡Contáctanos para formalizar tu emprendimiento hoy mismo!